Durante el mes de Julio he ido recogiendo diversas preguntas a cerca de temas legales que os competen a los diseñadores. De todas las peticiones he pensando cuales han sido las mejores por su interés. Gracias a todos los que habéis participado, y espero las preguntas para el próximo mes.
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Escrito por Vence | Julio 6, 2009, 14:44
La declaración de ficheros a la Agencia de Protección de Datos es obligatoria para todas las empresas (como la prevención de riesgos laborales) pero en el caso de diseñadores, el nivel de protección suele ser el más bajo (los médicos, por ejemplo, son de nivel alto). La declaración es una mera gestión y se puede hacer directamente a través de la web de la Agencia: www.apd.es.
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Con independencia de la cesión del diseño a la empresa, el diseñador es el “autor” del diseño y, por tanto, la propiedad intelectual del diseño sigue siendo suya. Lo que cede a la empresa es el Derecho de reproducción del diseño. Por tanto, entiendo que no precisa pedir la autorización al empresario para incluirlo en el Book o para colgarlo en la web. No obstante, para evitar malentendidos, es recomendable insertar en el diseño publicado la mención para la protección de la propiedad intelectual: “© Copyrigth. 2009. __ nombre del autor o de su empresa de diseño___.” En tal caso, quien lo ve sabe que el diseño se encuentra protegido y el autor (el diseñador) sabe que no puede cederlo a terceros para respetar el pacto de exclusividad con el empresario que le pagó el trabajo.
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Actualizado 30/04/2021