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Pregúntale al abogado

Por Gràffica
03/09/2009
en Opinión

Durante el mes de Julio he ido recogiendo diversas preguntas a cerca de temas legales que os competen a los diseñadores. De todas las peticiones he pensando cuales han sido las mejores por su interés. Gracias a todos los que habéis participado, y espero las preguntas para el próximo mes.
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¿Es imprescindible la implantación del sistema de protección de datos en todas las empresas o depende de su tamaño, número de clientes, facturación, etc? y ¿los trámites son fáciles y se pueden realizar personalmente o es necesario contratar una empresa con experiencia?

Escrito por Vence | Julio 6, 2009, 14:44

La declaración de ficheros a la Agencia de Protección de Datos es obligatoria para todas las empresas (como la prevención de riesgos laborales) pero en el caso de diseñadores, el nivel de protección suele ser el más bajo (los médicos, por ejemplo, son de nivel alto). La declaración es una mera gestión y se puede hacer directamente a través de la web de la Agencia: www.apd.es.

–

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Hola, me gustaría saber si nosotros como diseñadores podemos poner los trabajos que hemos hecho para un cliente en nuestro book (o colgarlo en nuestra web como trabajos realizados) por ser los autores, o si debemos pedirle permiso al cliente primero ya que nos ha pagado por ese trabajo.
Escrito por carolina | Julio 13, 2009, 13:02

Con independencia de la cesión del diseño a la empresa, el diseñador es el “autor” del diseño y, por tanto, la propiedad intelectual del diseño sigue siendo suya. Lo que cede a la empresa es el Derecho de reproducción del diseño. Por tanto, entiendo que no precisa pedir la autorización al empresario para incluirlo en el Book o para colgarlo en la web. No obstante, para evitar malentendidos, es recomendable insertar en el diseño publicado la mención para la protección de la propiedad intelectual: “© Copyrigth. 2009. __ nombre del autor o de su empresa de diseño___.” En tal caso, quien lo ve sabe que el diseño se encuentra protegido y el autor (el diseñador) sabe que no puede cederlo a terceros para respetar el pacto de exclusividad con el empresario que le pagó el trabajo.

–

Hola, mi pregunta va sobre redes sociales. Si diseñadores e ilustradores colgamos imágenes de trabajos propios en redes como Facebook, éstas se quedan con los derechos de imagen? Podrían usarlas sin nuestro consentimiento? Podemos protegerlas de alguna manera?
Escrito por Elisa Talens | Julio 14, 2009, 14:03
En todas las redes -tanto sociales como antisociales- hay que insertar en las imágenes la mención “© Copyrigth. 2009. __ nombre del autor o de su empresa de diseño___.” para advertir sobre el derecho excluisvo del autor sobre la propiedad intelectual de la imagen. De esta forma la propiedad intelectual de la imagen ya está protegida. Nadie, insisto, nadie: puede usarlas sin el consentimiento del autor. En caso de hacerlo, hay que mandarle una carta diciéndole del mal que va a morir…
Preguntas para el próximo més: Pregúntale al abogado

Actualizado 30/04/2021

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