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El juzgado investiga una licitación pública en la que se ven involucrados estudios de diseño

Por Ana García Montes
19/09/2018
en Llamadas a proyecto
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Tras la noticia de que La Agencia Valenciana Antifraude está investigando a la concejalía de Cultura Festiva por el fraccionamiento de contratos de los carteles de Fallas 2017, ahora ha surgido un nuevo caso de investigación por fraude en una contratación pública. Esta vez, el juzgado nº 19 de Valencia está revisando el procedimiento negociado de 2016 el cual se adjudicó finalmente a MEDIA PLANNING LEVANTE S.L., siendo esta la única proposición presentada. 

A diferencia de los Carteles de Fallas de 2017, en este caso no se trata de una llamada a proyecto bajo un contrato menor, sino de una licitación –lanzada como procedimiento negociado en 2016– para la gestión de las redes sociales del Ayuntamiento de Valencia con un presupuesto de 39.000 €.

Según la legislación en contratación pública vigente por entonces, era posible lanzar este tipo de licitación sin publicidad; de manera no pública (ya que el presupuesto era menor a los 100.000 €). Es decir, que la Administración podía invitar, como mínimo, a tres empresas de su elección para que estas les pudieran pasar propuesta y presupuesto sin tener que hacer público este procedimiento.

«El procedimiento negociado puede ser con publicidad o sin publicidad. Según la ley, este procedimiento consiste en invitar a determinados posibles licitadores (mínimo tres) remitiéndoles una invitación (debe haber un reflejo documental de ello) para que puedan presentar su oferta. En este caso, probablemente, como se trataban de 39.000 € (inferior a 100.000 €) el procedimiento era sin publicidad», Sandra Bosch, abogada especialista en contratación pública.

Es ahora cuando, en medio de su investigación, el juzgado nº 19 de Valencia está solicitando a los estudios de diseño participantes en esta licitación información sobre su invitación y presentación de propuestas.

Teniendo en cuenta que entre las condiciones que se tenían que dar para que un procedimiento negociado como este fuera legal es que al menos tres empresas participaran en él, hay quien podría pensar que los dos estudios de diseño que no presentaron propuesta fueron incluidos en el listado de participantes con el único objetivo de cubrir expediente; hay quien incluso reflexionaría acerca de si la Administración realmente quería su participación de manera activa en la licitación.

Aunque el juzgado está investigando y todavía no existe una resolución, y a pesar de que todo parece que entra dentro de la legalidad, este procedimiento negociado podría resultar cuanto menos sospechoso sobre todo si se tiene en cuenta que solo MEDIA PLANNING LEVANTE S.L., presentó propuestas.

Según Sandra Bosch, lamentablemente, la practica de incluir a dos empresas más en el juego a pesar de que la Administración ya sabe de antemano qué empresa va a llevar a cabo el proyecto, está bastante normalizada aun siendo esta ilegal. Y no solo en el sector del diseño; es extensible a muchos otros sectores.

«Este tipo de prácticas, se daban antes a menudo. Por ello la nueva ley no permite el procedimiento negociado sin publicidad por razón de la cuantía. Ahora esta no es razón suficiente como para que no haya publicidad. Sí puede haber procedimientos negociados sin publicidad por otros motivos, por ejemplo si se pide la realización de un servicio o proyecto muy concreto como un obra de arte de un artista determinado», nos aclara Sandra Bosch.

Básicamente, para que el procedimiento parezca legal, la Administración suele ponerse en contacto con la empresa a quien le interesa que lleve a cabo el proyecto y le pide que contacte con dos empresas más y que convenga con estas el presentar sendas propuestas con presupuesto mayor al que presenta la primera. Con ello, la Administración se asegura de que legalmente es lícito escoger la empresa que quería desde un principio al parecer esta propuesta la más económica.

La práctica, que a priori parece de todo menos ética, se realiza con bastante asiduidad también dentro del mundo creativo. Enmascarado como «favor» entre colegas de profesión, sin embargo, es una actividad que puede conducir a la persona que la comete ante un juez. Por ello, y con este caso como último en salir a la palestra pública, conviene tener muy claro qué implica este tipo de participaciones irregulares por parte del diseñador y sus consecuencias. Para evitar una desagradable llamada que invite a la persona a una citación judicial, lo mejor parece directamente no entrar en este juego de favores y claroscuros que tanto puede perjudicar al profesional en cuestión.

Más información:

  • Anuncio adjudicación
  • Pliego de cláusulas administrativas particulares que ha de regir en la contratación mediante procedimiento negociado sin publicidad para contratar la prestación del servicio de asistencia técnica para la gestión, mantenimiento, actualización y seguimiento de los perfiles institucionales del Ayuntamiento de València en las redes sociales.

  • Pliego de prescripciones técnicas para la contratación del servicio de asistencia técnica para la gestión, mantenimiento, actualización y seguimiento de los perfiles institucionales del Ayuntamiento de València en las redes sociales.

     

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