David Bravo es abogado especializado en propiedad intelectual. Su firme y contundente defensa del acceso libre a la cultura lo catapultó a las altas esferas mediáticas. En 2011 consiguió que su cliente Pablo Soto, uno de los pioneros en la creación de software peer-to-peer en España, fuera absuelto de todos los cargos que le imponía la industria discográfica por infracción de propiedad intelectual.
En el número 5 de la revista Gràffica ‘Propiedad Intelectual. El laberinto de los derechos de autor‘, David Bravo defiende que la criminalización sirve de poco al hablar de propiedad intelectual. Las nuevas tecnologías, en lugar de una amenaza, representan una oportunidad y, por ello, cree que la adaptación a esta era es fundamental.
« […] Tras la última reforma de la lpi, la nueva definición de copia privada (y por tanto la definición de copia para uso privado que se considera lícita) es extraordinariamente restrictiva, hasta el punto de que puede decirse que actualmente solo la copia de fuentes autorizadas como la televisión o la radio y la que se hace del original que has comprado pueden considerarse legales.
No considero que cada obra descargada sea una venta menos pero sí creo que hay obras que se dejan de vender porque pueden ser descargadas. También me parece que cuando se inventó el gramófono —y con él la industria discográfica— los teatros se vieron afectados porque dejaron de ser el único sitio donde podía escucharse música. De nada sirvió entonces y de nada servirá ahora intentar romper la máquina. Solo cabe la misma solución que en aquella época: aceptarlo y adaptarse al nuevo contexto […]».
Puedes encontrar la entrevista completa en el quinto número de la revista Gràffica ‘Propiedad Intelectual. El laberinto de los derechos de autor’. Si quieres la versión digital de la revista, la puedes conseguir en Android y iOs.
Actualizado 12/03/2020