El Gobierno aprueba una reforma histórica de la Ley del Autor que impide a administraciones, empresas privadas y entidades intermedias lanzar concursos creativos sin remuneración. Se elimina la fijación de precios por parte del poder público y se obliga a profesionalizar la gestión cultural desde dentro de la administración. Las penas por incumplimiento alcanzan los dos años y medio de prisión.

El Boletín Oficial del Estado ha publicado esta mañana, sin previo aviso y con efecto inmediato, el nuevo Decreto Ley de Protección de la Cultura y el Trabajo Creativo, una norma impulsada personalmente por Pedro Sánchez que pone fin, al menos sobre el papel, a décadas de concursos especulativos en el ámbito del diseño y la creación cultural. La reforma, integrada en la nueva Ley del Autor, amplía su alcance más allá de la administración pública y afecta también a empresas privadas, asociaciones, fundaciones y cualquier organismo que opere con financiación pública directa o indirecta.
El texto es claro: queda prohibida la convocatoria de concursos, llamadas abiertas o procesos competitivos que exijan la elaboración de propuestas creativas sin una contraprestación económica garantizada. Y no solo cuando quien convoca es un ayuntamiento, una diputación o una comunidad autónoma. Tampoco podrán hacerlo empresas privadas, asociaciones culturales, fundaciones, colegios profesionales u organismos similares cuando actúen como promotores, colaboradores o beneficiarios de fondos públicos.
La norma elimina de raíz una de las prácticas más extendidas en el sector: la externalización del riesgo creativo bajo la promesa de visibilidad, prestigio o “oportunidades futuras”. Trabajo presentado implica trabajo remunerado. Sin excepciones.

Se acabaron los precios cerrados, las comisiones y la intermediación
El decreto introduce además un cambio estructural en la forma de contratar cultura. A partir de ahora, la administración no podrá fijar precios cerrados en encargos creativos. Será el profesional quien proponga su presupuesto, que deberá presentarse en sobre cerrado y solo abrirse una vez que el jurado haya decidido qué proyecto es el más adecuado desde un punto de vista cultural, técnico y estratégico. La administración solo podrá aceptar ese precio o declarar el proceso desierto.
Pero hay más. La nueva ley prohíbe expresamente que asociaciones, fundaciones, colegios profesionales u otros organismos privados actúen como intermediarios entre la administración y los creadores, ya sea a través de asesorías externas, comisiones, convenios o figuras similares. Tampoco podrán percibir honorarios, porcentajes o contraprestaciones económicas por “gestionar”, “coordinar” o “validar” concursos, encargos o procesos de selección creativa.
Según el texto legal, esta intermediación ha contribuido a desdibujar responsabilidades, precarizar el trabajo creativo y desplazar decisiones culturales hacia estructuras opacas y poco profesionalizadas. La solución que plantea el decreto es radical: si la administración necesita criterio, deberá construirlo desde dentro.
Departamentos públicos de diseño y cultura, por oposición
Para evitar recurrir a concursos especulativos o a intermediarios externos, la ley obliga a las administraciones —en todos sus niveles— a crear o reforzar servicios públicos profesionales dedicados a la gestión de la imagen, la comunicación y la cultura visual. Hablamos de gestores culturales, directores de arte, diseñadores y perfiles afines que pasarán a formar parte de la estructura estable de la administración.
Estos puestos no serán de libre designación. El decreto establece que deberán cubrirse mediante procesos de oposición pública de alto nivel, con requisitos especialmente exigentes. Entre ellos, contar con al menos diez años de experiencia contrastada en puestos similares, haber desarrollado proyectos de relevancia demostrable y superar pruebas técnicas, conceptuales y de criterio cultural.
La filosofía es clara: si una administración necesita criterio para decidir a quién contratar, debe garantizar que quien toma esa decisión sea un profesional altamente cualificado, independiente del poder político y con experiencia real en el sector. Solo así, señala el texto, se evitará el abuso sistemático de concursos y la banalización del trabajo creativo.

Delito cultural y penas de prisión
La norma no se limita a recomendaciones. Introduce la figura del delito contra la cultura y el trabajo creativo, aplicable tanto a cargos públicos como a responsables de entidades privadas que promuevan o mantengan prácticas especulativas. Las penas previstas alcanzan los dos años y medio de prisión, además de inhabilitación para cargo público y sanciones económicas personales.
El decreto habilita además a autores, estudios, asociaciones profesionales y colectivos culturales a denunciar directamente estas prácticas, sin necesidad de agotar previamente la vía administrativa.
Una reforma que lo cambia todo… sobre el papel
El alcance de la reforma es transversal: afecta a festivales, museos, campañas institucionales, identidades visuales, señalética urbana, exposiciones, programas culturales y cualquier encargo creativo financiado con dinero público. También obliga a revisar convocatorias activas que aún no hayan sido resueltas, que deberán adaptarse de inmediato o ser anuladas.
En el sector cultural, la noticia se ha recibido entre el entusiasmo prudente y la incredulidad. Muchos profesionales reconocen que, de aplicarse de forma real, esta norma supondría uno de los mayores avances en la dignificación del trabajo creativo en España. Otros recuerdan que la distancia entre el BOE y la realidad suele ser larga y sinuosa.
El Gobierno, por ahora, guarda silencio. No ha habido comparecencias ni comunicados. Solo el texto legal, publicado a primera hora de la mañana, como si quisiera pasar desapercibido.
Aunque conviene mirar el calendario. Porque hoy es 28 de diciembre. Y, a veces, incluso las mejores leyes también nacen con espíritu de inocentada.













