El Ayuntamiento de Valencia acaba de convocar, como cada año, el concurso para la realización de la imagen de las Fallas de Valencia de 2019. Una convocatoria respaldada por las asociaciones profesionales ADCV, APIV y COMUNITAD.
Presupuesto
El presupuesto que se adjudicará es de 4.500 € por la realización del cartel, programa de actividades, redes sociales y adaptaciones a soportes (mobiliario urbano, pancartas… ). En el pliego de condiciones se especifica que, «si fuera necesario», el presupuesto se aumentará, siempre que no supere el limite de contratación menor (15.000 € + IVA).
Esta práctica ya ha sido denunciada con anterioridad, ya que es sabida la cantidad final que el Ayuntamiento suele pagar por el desarrollo de este proyecto. La Agencia Valenciana Antifraude está investigando el contrato del año 2017, por el que se pago más de 24.000 euros. Lo mismo que ocurrió en la convocatoria de 2018, que no superó la cantidad de un contrato de menor cuantía, pero sí superó el precio por el que se convocó el concurso.
Es sabido, tanto por el Ayuntamiento como por las asociaciones y los profesionales, que esta convocatoria supera con creces lo que se menciona en el pliego de condiciones. A pesar de ello, año tras año, se comete el mismo error de convocar el concurso por una cantidad ínfima, muy por debajo de lo que realmente supone este proyecto. Ya nos matizó en una entrevista Sandra Bosch, experta en procedimientos administrativos, los motivos por los cuales se realiza esta mala praxis.
Requisitos
«Si se tuviera que competir dentro del marco de la legislación vigente de contratación pública, donde se exige solvencia técnica y solvencia económica y financiera –entre otros requisitos–, posiblemente, habría profesionales que no podrían ser contratados al no cumplir los requisitos de solvencia exigidos, independientemente de su currículum o porfolio. Es decir, de este modo, el Ayuntamiento se asegura poder contratar a quien quiera evitando hacer burocracia interna. Una llamada a proyecto tiene una gestión mucho más rápida, mucho más ágil, porque no hay tramitación ninguna», matizaba Bosch.
Además, no se exige ningún requisito técnico a los participantes. Es decir, no hay requisitos mínimos exigibles como tener una estructura de empresa mínima o disponer de las herramientas necesarias para desarrollar el proyecto con garantías. Ya ha ocurrido en otros procesos: los escogidos, por no tener, no tenían ni el software de forma legal.
Jurado
El jurado está compuesto por 6 personas. Número par. Eso significa que puede haber empate en la decisión, y no se especifica sin hay algún voto de calidad y a quién le corresponde el uso de ese voto.
Lo más importante es que, salvo el Concejal de Cultura Festiva del Ayuntamiento de Valencia, el resto de miembros son anónimos y no se sabe qué personas –con nombres y apellidos– van a componer el jurado. Para los creativos, conocer el jurado es fundamental, y no saberlo significa no conocer quién va a valorar tu candidatura. Y más si, como es ahora mismo, se trata de una decisión subjetiva.
Baremos
Para la concesión del proyecto se tendrá en cuenta:
– Experiencia en proyectos similares
– Calidad en los trabajos desarrollados
– Originalidad y creatividad en los resultado
Todos ellos son criterios subjetivos. No hay baremos que midan cada apartado por su importancia para que los participantes puedan conocer el peso específico de cada apartado y, en su caso, poder reclamar si se ha valorado de manera errónea a algún participante.
Tampoco se especifica en la convocatoria el mecanismo de reclamación en caso de que los participantes no estén de acuerdo con el fallo del jurado.
Derecho de autor
No se especifica en ningún lugar de quién son los derechos de autor, explotación y reproducción de la obra contratada. Por lo tanto, los participantes se pueden ver expuestos a quedarse sin la posibilidad de reclamar por los beneficios posteriores que pueda generar su obra.
Precio
El precio que se establece en el concurso queda fijado por parte de la administración, por lo que ningún participante puede hacer una quita o una subida de precio si así lo creyeran conveniente. Algo que va en contra de la ley de la competencia, donde deben establecerse mecanismos para la libre competencia en precio y, de ese modo, que uno de los parámetros de asignación también sea el precio.
Fijar precios por parte de la administración es algo que no solo es malo para el sector, ya que establece un precio de mercado, sino que exige la realización del trabajo por ese precio a los profesionales.
Además, conlleva ese gasto de dinero público sin poder contrastar si alguna empresa es capaz de hacerlo por un coste menor; dinero que se ahorrarían las arcas públicas.
Este es un proceso plagado de irregularidades que ya ha sido objeto de críticas y demandas en el pasado, pero que se repite sin cambios año tras año. Además, que el punto más conflictivo –que el concurso sea de menor cuantía– ya haya significado problemas judiciales, deja expuestos a los diseñadores a que vuelvan a acabar en un proceso judicial.
Actualizado 19/11/2018