La Audiencia Provincial de Badajoz confirmó hace unos días de forma definitiva sin posibilidad de recurso la condena al consistorio de Don Benito (María Fernanda Sánchez Rodríguez, del partido local Siempre Don Benito –partido conservador, tradicionalista y localista– era la alcaldesa en ese momento) por utilizar sin autorización una versión prácticamente idéntica de la obra. El diseñador intentó resolver el conflicto por la vía amistosa, no recibió respuesta y tuvo que acudir personalmente a los tribunales para defender unos derechos que el propio Ayuntamiento negó que le pertenecieran.
El cartel utilizado para anunciar el Carnaval de Don Benito de 2025 fue realizado por el departamento de Comunicación municipal después de que el concurso convocado por el Ayuntamiento quedara desierto.
La Audiencia Provincial de Badajoz ha confirmado íntegramente la condena al Ayuntamiento de Don Benito por vulnerar los derechos de propiedad intelectual del diseñador Francisco Javier Torres Franquis. El consistorio utilizó para anunciar su Carnaval de 2025 una versión prácticamente idéntica del cartel que el autor había creado para el Carnaval de Santa Cruz de Tenerife de 2016.
El Ayuntamiento deberá indemnizar a Torres con 6.500 euros: 2.500 por daños materiales y otros 4.000 por daños morales. También tendrá que cesar en el uso de la obra, retirar y destruir todos los ejemplares físicos y digitales del cartel plagiado, publicar la resolución judicial en medios locales y regionales y asumir las costas del recurso de apelación que presentó contra la primera sentencia.
El fallo inicial había sido dictado el 7 de enero por el Juzgado de lo Mercantil de Mérida. En lugar de aceptar la resolución, el Ayuntamiento recurrió y sostuvo, entre otros argumentos, que Francisco Javier Torres no estaba legitimado para presentar la demanda porque los derechos sobre el cartel pertenecían al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife. En consecuencia, pidió que se desestimara la acción emprendida por el diseñador.
La Audiencia rechaza ese razonamiento y recuerda que haber cedido una obra para anunciar una edición concreta de un acontecimiento no significa que el creador pierda su condición de autor ni que transfiera automáticamente todos sus derechos. Es decir, el Ayuntamiento de Don Benito utilizó un trabajo ajeno sin permiso y, cuando su creador acudió a la Justicia, trató además de apartarlo del procedimiento alegando que aquel trabajo ya no le pertenecía.
El autor tuvo que defenderse solo
La secuencia del caso resulta especialmente reveladora para los profesionales del diseño. Torres no acudió directamente a los tribunales. Cuando descubrió la copia, envió un correo electrónico al Ayuntamiento de Don Benito en febrero de 2025 y posteriormente remitió un burofax para intentar solucionar el conflicto antes del comienzo de las fiestas. No obtuvo respuesta. Ante el silencio institucional, presentó una demanda civil el 30 de julio de 2025.
Tampoco el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, la institución que había encargado y utilizado el cartel original, figuró como demandante ni consta que se personara en el procedimiento para defender la obra. La reclamación fue impulsada por el propio autor, que tuvo que asumir la iniciativa, acudir a un abogado y sostener el proceso hasta obtener dos resoluciones favorables.
En cuanto al plagio, la Audiencia considera que resulta «ostensible». Ambos carteles comparten como protagonista un chicharro construido mediante formas geométricas, además de una estructura, una composición y un tratamiento visual prácticamente idénticos. La resolución sostiene que «un simple vistazo a los dos carteles permite apreciar la enorme similitud».
El Ayuntamiento de Don Benito defendió que el pez era un motivo habitual en las celebraciones de Carnaval por su relación con el entierro de la sardina. El tribunal descarta también este argumento: la obra original no representa una sardina, sino un chicharro, símbolo estrechamente vinculado a Santa Cruz de Tenerife. Las modificaciones introducidas en el cartel de Don Benito eran accesorias y no alteraban los elementos esenciales de la creación de Torres.
El caso demuestra algo bastante menos tranquilizador que la evidencia de la copia. Las reclamaciones amistosas no obtuvieron respuesta, ninguna administración defendió activamente al diseñador y el Ayuntamiento condenado intentó negar que pudiera reclamar. La única protección efectiva llegó cuando Francisco Javier Torres decidió acudir personalmente a los tribunales. Los derechos de autor existen en la ley, pero, cuando las instituciones no los respetan ni los defienden, hacerlos valer sigue dependiendo demasiadas veces de que el profesional disponga de tiempo, dinero y determinación para demandar.
