Estas son las respuestas a las dudas que nos plantearon en septiembre. Esperamos que os ayuden a todos:
1. Hola, me gustaría saber cómo registrar una identidad corporativa. Este caso en concreto es para un restaurante dentro de España. ¡Muchas gracias!
Escrito por David | Septiembre 7, 2009, 16:29
Se registra como marca en la clase 43. Los impresos se bajan de internet (OEPM.ES) y se presentan directamente en el IMPIVA (en Valencia) o en el representante de la OEPM (Oficina Española de Patentes y Marcas) más cercano a tu ciudad (+/- 150.-€). Lo mejor es hacer el registro del nombre (de la marca) denominativo, sin ningún tipo de letra especial. Si hay un logo, mejor registrar el dibujo por separado como otra marca (gráfica). Los dibujos pasan de moda, pero el nombre no.
2. Estamos planteando un proyecto de adaptación de novelas a formato cuento ilustrado. Son novelas escritas hace 15-30 años (algunas descatalogadas) No sé si tengo que pagar derechos al autor, o si es la editorial la que tiene los derechos de edición, o a los dos o a ninguno de ellos (bueno, esto último ya me imagino que no). ¿Existe algún listado donde se pueda consultar a quién pertenecen los derechos de edición de una obra en concreto y los datos de contacto? Seguramente es una pregunta muy obvia, pero he intentado informarme por la web y no encuentro el modo. Muchas gracias.
Escrito por Marta | Septiembre 14, 2009, 16:56
Ojo, la duración del derecho de autor es: la vida del autor y setenta años más. No tiene nada que ver que la “edición” esté descatalogada: el derecho perdura. Hay que ponerse en contacto con el autor (ver también en SGAE o VEGAP) y, en su caso, por si tiene algún derecho, con el editor.
3. ¿Puede un cliente utilizar el diseño de una publicación (un informe anual, por ejemplo) para la siguiente edición, contratando a otro diseñador para su maquetación? Gracias de antemano, Joan
Escrito por Joan Casasayas | Septiembre 7, 2009, 16:43
No, nunca. Necesita el consentimiento del autor, que eres tú, para hacer cualquier modificación. Salvo que hubiera existido, por escrito, una cesión en excluisiva del derecho al uso del diseño.
4. ¿Es obligatorio entregar al cliente los archivos originales del proyecto que hacemos para él? Por ejemplo, una revista o un catálogo… si es así, el cliente puede utilizar este diseño para las futuras ediciones sin contar con nosotros… ¿Hay alguna manera de evitar esto?
Escrito por Nere | Septiembre 8, 2009, 17:09
No hay que dárlselos. Ni él los puede utilizar sin tu consentimiento. Salvo que hubiera existido, por escrito, una cesión, en exclusiva del derecho al uso del diseño.
5. ¿Es verdad que si se acepta un presupuesto, aunque sea enviado por correo electrónico, éste tiene efecto de “contrato” a nivel legal? ¿Es necesario preparar contratos para cada proyecto o puede servir la aceptación del presupuesto detallado, donde se especifica incluso plazos de entrega? Muchas gracias.
Escrito por Nere | Septiembre 8, 2009, 17:12
Hoy en día el uso del correo electrónico constituye un medio de comunicación apto para expresar el consentimiento. Esto no obstante, es conveniente que además del precio y de los plazos de entrega, se incluyan otras cláusulas usuales, por ejemplo, que “la empresa acusará recibo por correo electrónico del material recibido, o del presupuesto: recibí y conforme” o clásulas similares. No tiene por qué ser nada complejo, pero deja cada cosa en su sitio y evita problemas. No hay contenidos predeterminados porque en cada relación profesional los criterios y las necesidades son distintas.
Gracias Nacho por tus acertadas y concisas respuesta y gracias a todos los que habéis preguntado. El mes que viene más. (si hay preguntas, claro)
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