No, la Unión Europea no obliga a etiquetar todo lo creado con inteligencia artificial

La entrada en aplicación del artículo 50 del Reglamento europeo de Inteligencia Artificial ha provocado una pequeña avalancha de mensajes que anuncian la obligación de colocar una etiqueta sobre cualquier imagen, vídeo, audio o texto realizado con ayuda de una IA. La norma, sin embargo, es bastante más concreta: distingue entre las marcas técnicas que deben incorporar las empresas que ofrecen estos sistemas y la información visible que deben facilitar quienes publican determinados contenidos. Para diseñadores, estudios, agencias y medios, comprender esa diferencia resulta esencial.

READ ha difundido hace unos días un comunicado en Instagram en el que se presentan los iconos europeos y sostiene que deben utilizarse cuando un contenido ha sido «totalmente generado por IA» o «modificado con IA de forma significativa», ya sea una imagen, un vídeo, un audio o un texto. La explicación no es exacta y mezcla obligaciones diferentes y amplía el alcance de la norma más allá de lo que establece el reglamento. Su explicación puede llevar a confusión.

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