Dos estudios de diseño inspeccionados por posible software ilegal

Adobe, Microsoft o Autodesk son nombres habituales en la mayoría de estudios de diseño. Pero, ¿siempre se utilizan bajo licencias legales? Este tema se ha puesto en relieve con el caso de dos estudios de diseño que están siendo inspeccionados por posible software ilegal.

Imagen: Unsplash.

El pasado mes de abril, dos estudios de diseño valencianos, CuldeSac y Trumbo Agencia Creativa S.L., fueron objeto de un registro llevado a cabo por BSA The Software Alliance, una alianza mundial de fabricantes de programas informáticos vertebrada en España a través de la firma legal Ecija. El objetivo: descubrir si se utilizaba software ilegal en sus respectivas oficinas y, por tanto, comprobar si infringían la ley de propiedad intelectual.

El registro, llevado a cabo totalmente por sorpresa y de forma simultánea en ambos estudios, se realizó el pasado mes de abril. Los peritos judiciales revisaron diferentes ordenadores para ello, según la información publicada en el medio Valenciaplaza.

Carlos Pérez, abogado de la firma Ecija, lo explica así: «La normativa procesal española permite que en el presunto caso de infracción de software (es decir, cuando se utiliza sin la correspondiente licencia) se solicite el registro sin previo aviso y, a continuación, se tomen medidas cautelares para detectar cuántas licencias ilegales se tienen». Esta acción se hace de manera previa al litigio y sin previo aviso.

La investigación, iniciada tras una denuncia en el formulario del que dispone la BSA, suele estar impulsada por empleados anónimos (17%) o ex empleados de las empresas denunciadas (45%), según datos de la propia compañía. En BSA se comprometen, asimismo, a no revelar la identidad de dichas fuentes mediante un acuerdo de confidencialidad.

Por ahora, estos estudios de diseño se encuentran en fase de documentación y aportación de pruebas; así, CuldeSac y Trumbo deben demostrar que el software instalado tiene su respectiva licencia legal. En total, disponen de un plazo de 20 días para hacerlo. «Estamos hablando con ellos porque hay voluntad de llegar a un acuerdo de indemnización», indica, aun así, Pérez. Incluso fuera de dicho plazo, señala el abogado de Ecija, se podría llegar a un acuerdo si ambas partes lo quieren.

Desde ambos estudios, por otro lado, se señala que todavía es pronto para saber cómo se desarrollará todo, e insisten en ser prudentes antes de expresar cualquier juicio de valor sobre este tema. Por lo que respecta a la cantidad monetaria a pagar, todavía es pronto para saberlo. «Es prematuro. Hay que ver lo que se tiene sin licencia, e incluso confirmar que es así (aunque parece que sí, todavía no lo sabemos)», confirma Carlos Pérez.

Procedimiento legal en estos casos

Extrapolándolo a otros casos, Carlos Pérez cuenta el procedimiento legal que se sigue en estos casos: «Cuando nos encontramos con esta situación, en la que hay una empresa con software sin licencia, la ley permite al fabricante pedir dos cosas: una, que dejen de utilizar dicho software sin licencia; dos, que paguen una indemnización y compren el programa si lo quieren seguir utilizando».

Lo que suele pasar en estos casos, sin embargo, suele responder a «descuidos», según indica el abogado. «A veces hay una falta de control cuando se instalan los programas en una empresa, y cuando estas se ponen a mirarlo en serio, necesitan menos programas de los que han instalado ilegalmente», alude Carlos Pérez, aunque dicho «descuido» no exime del pago del valor del software instalado.

Procedimientos judiciales como los anteriores los coordina la BSA, esta alianza mundial de fabricantes de programas informáticos. Las indemnizaciones obtenidas en estos procedimientos, por otra parte, no van a parar a los fabricantes, sino a esta compañía, como cuenta Carlos Pérez: «No hay ánimo de lucro. Las indemnizaciones de BSA van a parar a la propia asociación para invertirlo en disminuir la piratería».

Cada dos años, la BSA hace un estudio mundial sobre la piratería. «España se sitúa muy por encima de la media de la Unión Europea en este tema», añade Pérez.

BSA también dispone de un formulario de denuncias a partir de las cuales se investiga cada caso en profundidad. Sin embargo, «al final solo unas pocas acaban en acción judicial».

Por lo que respecta a las investigaciones relacionadas con piratería, Carlos Pérez confirma que la BSA no puede emprender acciones legales si no existe denuncia previa. Otros medios, no obstante, que evidencian dicha actividad ilegal y permiten solicitar autorización judicial para registros, son sistemas de seguridad existentes en los propios programas pirateados o información publicada en internet, entre otros.

Por último, y hablando en concreto del sector del diseño, hay que tener en cuenta el precio que puede conllevar la utilización ilegal de software de Adobe, Microsoft y Autodesk. Así, en caso de licencia perpetua ilegal (por ejemplo, Adobe versiones CS) se suele solicitar el valor del paquete correspondiente, que puede oscilar entre los 2.000 y los 3.500 euros. En el caso de software de pago mensual con licencia por suscripción se puede llegar a pedir el valor de la anualidad o, en caso de conocimiento, desde la fecha de su instalación (por ejemplo, en Adobe CC el dinero abarcaría desde 100 hasta 800 euros, aproximadamente, por el paquete completo). Todo ello, sin perder de vista que estas cuentas deben hacerse por cada ordenador utilizado.

Otros datos sobre piratería

Según los datos proporcionados por BSA The Software Alliance, en 2016 se alcanzó la cifra récord de 493 casos notificados a través del portal de denuncia de esta compañía, un 33% más con respecto al año anterior. Estas denuncias dieron lugar a más de 300 acciones legales, entre las que destacan los registros judiciales de las instalaciones de las empresas ordenados en varios casos por los Juzgados Mercantiles.

El mismo estudio indica que la mayor parte de las investigaciones a empresas se inician como consecuencia de denuncias normalmente realizadas por ex empleados (45%), seguidas de las efectuadas por otras empresas competidores (38%) y de las denuncias anónimas de empleados actuales de las compañías supuestamente infractoras (17%).

En los casos en que fue necesaria la intervención de los juzgados mercantiles que ordenaron el registro de las empresas para localizar el software instalado ilegalmente, el valor promedio del software ilegal encontrado por registro ascendió a 294.409 euros.

Las empresas que concentran la mayoría de las denuncias son pymes que desarrollan principalmente su actividad en los sectores de distribución y ventas (13%), Ingeniería o diseño (10%), Industria/manufactura (9%) y arquitectura (7%). Por regiones, Madrid (26%), Cataluña (22%), Andalucía (16%) y Valencia (12%), son las zonas que más casos aglutinan.

Por último, casi la mitad del software instalado en las empresas carece de licencia. Así, más de cuatro de cada diez programas informáticos (44%) instalados en equipos corporativos de empresas son ilegales, es decir, han sido instalados o son utilizados sin autorización del propietario de los derechos de autor del software o contraviniendo los términos del contrato de licencia establecido con el autor.
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